Barra libre a las tropelías de huelguistas

La lectura de la decisión y consideraciones que hace el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía para archivar la denuncia por asalto a un supermercado participado por el esperpéntico alcalde y parlamentario de IU, Sánchez Gordillo, me ha dejado acongojado, aturdido y pasmado. Y es que manda colgantes del caballo de Santiago las injustas incongruencias de la justicia.

 

. Y es que manda colgantes del caballo de Santiago las injustas incongruencias de la justicia.

Las interpretaciones y considerandos que hace el juez, o los jueces, sobre los hechos, fines y su motivación, representan toda una loa contra el orden, el civismo y la paz social. Según los alegatos de indulgencia que se utilizan por la sustracción de mercancías, vilipendio, amenazas, y resto de acciones de intimidación a unos trabajadores que cumplen con su deber, se puede interpretar la barra libre para que cualquier grupúsculo, sindicato u organización puedan imponer al resto de los mortales la adhesión obligatoria a las convocatorias de huelga.

Tenía entendido que las imposiciones de ordeno y mando sólo se daban en las dictaduras. Por eso resulta tan raro comprobar que todo un Tribunal Superior de Justicia considere que invadir y asaltar un supermercado es una acción que “forma parte del derecho a la huelga”, además de “afear el comportamiento de quien no la secunde”. También dicen en el auto que el inculpado, Sánchez Gordillo, sólo intentó que los trabajadores de Mercadona secundasen la huelga “sin más armas que la palabra, el ruido o la presencia física”. Jopé, naderías sin importancia.

Algunos ciudadanos pudimos ver en las imágenes que se emitieron sobre la algarada cómo se increpó, insultó, amenazó e, incluso, se zarandeó a una trabajadora que defendía su derecho a trabajar y a permanecer en su puesto. Sobre estos hechos y sobre la amenaza de volver y “tirar por el suelo los productos”, los jueces consideran que fueron advertencias de “escasa incidencia para un establecimiento con un importante volumen de negocio”. O sea, lo del ‘culo y las témporas’.

Además según el TSJA, Sánchez Gordillo "no excedió los límites constitucionalmente garantizados" del derecho a la huelga y a la libertad sindical. ¿Y qué hay de los límites del derecho a trabajar?

Confío que este auto no llegue a consolidarse y a crear jurisprudencia. De llegar a establecerse como ejemplo y norma, los españoles deberíamos de olvidarnos de nuestros derechos y libertades y, ante una convocatoria de huelga, tendremos que participar en la misma por las “buenas o por las malas” según la doctrina de Sánchez Gordillo con el beneplácito del TSJA.

Para evitar actuaciones y decisiones como las que protagoniza esta historia, es necesario que el Gobierno adopte de forma urgente medidas para evitar situaciones similares. En primer lugar y como fija la Constitución, elaboración, aprobación y aplicación de la demandada Ley de Huelga. En segundo lugar sería oportuno proceder a desmontar los Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades autónomas. Con estas dos decisiones se evitarían en lo sucesivo actuaciones tan despóticas como las sucedidas en Andalucía.

UNETE



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