. Es parte del quehacer de un proceso de mejora continua.
De acuerdo con lo publicado por al menos tres medios de comunicación durante el mes de enero del presente año, como por ejemplo: https://www.publimetro.cl/noticias/2022/01/07/correos-de-chile-debera-pagar-millonaria-indemnizacion-a-empresa-por-entregar-cheque-a-persona-equivocada-y-que-termino-cobrando/, se dio a conocer que la empresa Correos de Chile , una entidad de carácter público, en lugar de entregar un cheque fiscal a su beneficiario lo hizo a un tercero, el cual se acercó a la institución bancaria y con documentación falsa procedió al cobró del documento.
Lo señalado le ha significado a la empresa estatal, asumir un pago a manera de indemnización por la suma de $14.210.305, la cual es representativa del valor del documento que se cobró y pago por el banco.Cabe precisar que el documento estaba ligado con la devolución de impuestos del año tributario 2014, por tanto, fue emitido por la Tesorería General de la República (TGR); en tanto el beneficiario correspondía a una empresa de agrícola, y la entrega se contemplaba en el domicilio. Sin embargo, la escena planteada se torcería algo pues el documento finalmente fue retirado en instalaciones de Correos de Chile por el mismo sujeto que termina cobrándolo en el banco.Al respecto surgen algunas interrogantes como:a) ¿Cómo una persona, supuestamente ajena a la empresa, sabia de la existencia de un documento que debía retirarse en Correos?b) Tratándose de un documento valorado dirigido a una empresa, ¿Correos no dispone de un protocolo particular de entregas?c) ¿Por qué la única responsabilidad recae sobre Correos de Chile? ¿Acaso la entidad bancaria no exhibe algunas carencias en su proceder con el pago del documento a una persona que no dispone de las facultades de la empresa para ello?d) Al someter a pago un documento como un cheque y cuyo beneficiario es una empresa, ¿la entidad bancaria no verifica la pertinencia legal de quien lo cobra, por ejemplo, a través del informe de poderes?e) Si la devolución de impuestos mediante cheques normalmente se realiza extendiéndolos de manera nominativa a nombre del contribuyente, en este caso una empresa, entonces, ¿cómo una persona burla los protocolos operativos de una institución que se supone dispone de estándares de control supuestamente mayores a los de cualquiera otra?f) Si el documento fue extendido de manera nominativa, ya sea que haya sido cobrado por caja de manera directa por el defraudador en el banco girador del documento, o bien vía depósito a través de una hipotética cuenta corriente del mismo personaje ¿cómo el documento supero las distintas instancias involucradas en la operación hasta su cobro, sin despertar alguna sospecha?g) Dado que el documento en cuestión corresponde a una cifra no menor, ¿la entidad bancaria no dispone de un protocolo de seguridad de mayor nivel para el pago de estos valores?Sin duda la situación compartida por darle una denominación es “extraña” para las entidades involucradas, ya que llama a la reflexión y análisis de los procesos involucrados y las potenciales carencias operativas y de control pertinentes que existen, y que no funcionaron, o que bien sencillamente no existen.Cada institución, en lo general, deberá analizar lo que sucedió, identificar qué falló o qué faltó, mejorar lo que haya que mejorar, retroalimentar/capacitar o sancionar a quienes colaboran en las operaciones objetadas a fin de que lo que haya sucedido no se vuelva a repetir, y periódicamente controlar.Lo que está claro es que la justicia se ha pronunciado, haciendo recaer la totalidad del castigo sobre la entidad que transportó y debía entregar el documento valorado.No obstante, al leer sobre la situación acontecida, queda la sensación que también hay algo de responsabilidad en la parte pagadora del documento. A lo menos ese es el saborcillo que me ha generado.Por último, si la curiosidad le consume por saber que sucedió con el personaje que cobró el documento. He de comentarles que, sin entrar en mayores detalles, fue condenado por su acción.Mauricio Andrés Burgos NavarreteDirector de la carrera de Auditoria e Ingeniería en Control de Gestión, Facultad de Administración y Negocios, Universidad Autónoma de Chile (Sede Temuco)