Las hipotecas legales son Derechos Reales regulados por ley, que no se inscriben en el Registro Nacional (no tiene publicidad registral), no se constituyen en escritura pública (no tienen las formalidades del Código Civil), gozan del ius persecuendi, se ejecutan para el pago de una deuda y tienen en parte su regulación en el Código Civil. El Estado, haciendo uso de sus potestades de imperio y con miras a garantizar el adecuado financiamiento y prestación del servicio ha creado dicha figura privilegiada sobre cualquier otra surgida por contratos de terceros. La hipoteca legal surge así, de la urgencia o la necesidad de amparar vía Ley, algunas obligaciones y derechos considerados vitales para la Administración.



