El
pleno del Congreso de la República aprobó definitivamente este jueves (04 febr.
2021) la eliminación de la inmunidad parlamentaria, una prerrogativa que fue
analizada durante los últimos años mediante algunos datos históricos acerca de
cuántas solicitudes de levantamiento de inmunidad fueron aprobadas por el
Congreso a fin de determinar si estas instituciones generan impunidad para los
congresales.
En
los últimos años fue vista por gran parte de la ciudadanía como un mecanismo de
impunidad para diversos legisladores convirtiéndose prácticamente en
privilegios personales, que generan riesgos o focos de corrupción dentro del
Parlamento peruano. Además de vulnerar Derechos Constitucionales, como la
igualdad ante la ley, el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva y el
debido proceso.
El
fin de esta inmunidad obtuvo el respaldo de 103 votos a favor, frente a 14 en
contra y una abstención, durante la primera sesión del pleno del Congreso de la
República del presente año.
La
iniciativa alcanzó la segunda votación, ya que al tratarse de una reforma que
modifica el artículo 93 de la Constitución Política del Perú, requería ser
sancionada en dos períodos diferentes de sesiones del Legislativo.
Entre
los catorce votos en contra de la eliminación de la inmunidad parlamentaria, se
contaron once por parte del partido fujimorista Fuerza Popular, agrupación
investigada por el presunto delito de lavado de activos que se habría cometido
al recibir aportes ilícitos de
Odebrecht en las campañas del 2011 y 2016.
En este escenario crítico y pandémico debemos
combatir la economía de la corrupción con una medida que lo contrarreste, sobre
todo por su capacidad ética frente al
corrupcionismo. Cuando la caída del régimen de Fujimori se descubrió una fortuna de 48 millones de dólares
en Suiza. Tenemos que señalar que los otros congresistas que votaron en contra
enfrentan investigaciones por presunta corrupción y violaciones de los derechos
humanos.
La
eliminación de la comisión parlamentaria de levantamiento de la inmunidad es crucial
para que no se sigan cometiendo delitos de corrupción. El portavoz del grupo
parlamentario de Unión Por el Perú (UPP), José Vega, lamentó que la reforma no
implicara a otros funcionarios como el Presidente de la República y a los
ministros como se contempló en julio pasado.
La
eliminación de la inmunidad parlamentaria fue dada a conocer mediante la Ley Nº
31118, publicada ayer seis (06) de febrero, en el diario oficial El
Peruano.
Ley
modifica el artículo 93 de la Constitución Política del Perú. La nueva
redacción del artículo 93 de la Constitución Política quedó de la siguiente
forma:
·
“Artículo 93.- Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos
a mandato imperativo ni a interpelación. No son responsables ante autoridad ni
órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el
ejercicio de sus funciones. Los magistrados del Tribunal Constitucional y el
Defensor del Pueblo gozan de las mismas prerrogativas que los congresistas. El
procesamiento por la comisión de delitos comunes imputados a congresistas de la
República durante el ejercicio de su mandato es de competencia de la Corte
Suprema de Justicia. En caso de comisión de delitos antes de asumir el mandato,
es competente el juez penal ordinario”.
Tal
como señalé en mi artículo “Crisis
actual en los partidos políticos peruanos” sobre el Congreso de los 90: “Las
luchas (…) resultaban infructuosas, gracias a las características de
congresistas que ingresaban, élites con poder adquisitivo pero sin rigor
intelectual y profesional”. De esta manera en la historia peruana la calidad
legislativa descendió considerablemente. Hoy en día en medio de la pandemia de
la covid-19 podemos anunciar que encontramos paz y justicia en la decisión del
pleno del Congreso la República.