YA TENEMOS LA REFORMA DEL MERCADO HIPOTECARIO. - Economía - Reeditor.com - red de publicación y opinión

YA TENEMOS LA REFORMA DEL MERCADO HIPOTECARIO.

El pasado sábado día 29 publicaba el BOE la normativa EHA/2899/2011, que hace referencia a la transparencia y protección al cliente de servicios bancarios. Entre otros apartados y como era de esperar, hace referencia a la reforma del mercado hipotecario.

 

. Entre otros apartados y como era de esperar, hace referencia a la reforma del mercado hipotecario.
Lo que sí está claro es que esta normativa no es del agrado ni de los consumidores ni de la banca, con lo que nos encontramos una vez más, como ya sucedió con la ley 2/2009 que regula entre otros los préstamos entre particulares y la intermediación financiera, en un nuevo desastre que sólo va a confundir más al consumidor con más documentación y le pone una nueva losa a la ya maltrecha economía doméstica.

No pretendo hoy hacer crítica al legislador sobre esta norma, que curiosamente entra en vigor para el tipo de interés en seis meses y para el resto en nueve. Tiempo hay de mentalizarse y adaptarnos. Del resto, juzguen ustedes.

Repasemos y veamos lo que nos depara el futuro hipotecario:

a)   El préstamo responsable, nombre cursi donde los haya, pero que así está denominado en la normativa. Nos dicen que el préstamo debe darse analizando toda su duración en plazo (lógico en parte, nadie puede predecir situaciones de peor fortuna como la que vivimos) pero lo importante que señala es: “…en ningún caso afectará a su plena validez y eficacia, ni implicará el traslado a las entidades de la responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones de los clientes”, vamos, que se carga de un plumazo la dación en pago que tanto nos están vendiendo algunos grupos políticos, y que sólo se ha puesto de moda por la propia situación de la banca en estos tiempos que vivimos.

b)   El Banco de España elaborará una Guía de Acceso al Préstamo Hipotecario. Un disparate de dinero malgastado, (veáse la web www.finanzasparatodos.es, de pena) Los ciudadanos están necesitados de información y cultura financiera y una guía de acceso al préstamo no es lo más apropiado. Serán las entidades financieras, quienes informen por un lado, y los asesores financieros por otro, quienes les asesoraremos sobre lo más adecuado.

c)   Como ya he comentado en alguna ocasión, se da mano ancha y facultades para volver a instaurar los suelos y techos hipotecarios, debiendo reflejarse las cuotas mínimas o máximas. Igualmente sucede con CAPS, SWAPS, eso sí,  regulando la información precisa a suministrar. Sin comentarios.

d)   Igualmente, como ya adelanté hace unas semanas,  la Orden suprime tipos de referencia oficial los vinculados al sector de Cajas de Ahorro, e incorporar una nueva posibilidad, el referido al  Interest Rate Swap (IRS), al que ya hice referencia en mi último artículo.

e)   Las entidades deberán facilitar al consumidor-cliente dos fichas, la FIPRE (Ficha de Información Precontractual) y la FIPER (Ficha de Información Personalizada).  Han pretendido unificar en cierto modo (cosa lógica por otra parte) la información que deben dar las entidades, pero cualquiera que  acuda a solicitar un préstamo hipotecario sabrá que la FIPRE es innecesaria, inútil,  que sólo puede confundir cuando debemos firmar tanta documentación y la FIPER otra más, ya que el Notario con la oferta vinculante que refleja todas las condiciones de la hipoteca, controla plenamente la firma.

Por lo tanto, como regalo para dentro de esos nueve meses, como si de un embarazo se tratase, el padre de la criatura, que por cierto todo apunta  que no estará, nos deja una norma escasa, inadecuada, e inútil. Una verdadera pena.

UNETE



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