La protesta en colombia

Faltando pocos minutos para la media noche el 13 de septiembre de 1977 las calles del país tuvieron un estallido con toda la inconformidad que se había acumulado durante años, esto fue el paro más grande de la historia de Colombia.

 

.
El derecho a la protesta ha sido el pilar fundamental de grandes cambios en el mundo, es una de la herramientas más utilizadas y eficaces por la humanidad para expresar su inconformismo ante los gobiernos y así reclamar sus derechos civiles, sociales, económicos, políticos y culturales (Organización de las Naciones Unidas, 2014).

Encontramos algunos ejemplos de manifestaciones que han trascendido en la historia donde miles y millones de personas no importando su raza, credo y sexo se volcaron en las calles exigiendo un cambio. Una fue durante la década del siglo XIX Washington (Estados unidos), cuando activistas norteamericanas se organizaron para reclamar el derecho al voto. El presidente Thomas Woodrow Wilson, que hasta entonces se había opuesto, al sufragio femenino cambio su postura el Congreso aprobó la Enmienda 19 a la Constitución, derecho que no fue dado, sino que se ganaron a través de décadas de esfuerzo “se prohíbe la discriminación de voto por razón de sexo “Así existe muchos ejemplos donde las manifestaciones han cambiado el rumbo de nuestra historia.

 En la legislación colombiana el derecho a la protesta social se encuentra en nuestra constitución en el artículo 37 que dice “toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente” y en su artículo 56 “se garantiza el derecho a la huelga “

Además, como explica la revista pensamiento político en su artículo “protesta social entre derecho y delito” (2011), desde hace ya cuatro siglos se ha constituido en un derecho, sin embargo, también puede ser vista como mecanismo de defensa y conquista de derechos, participación política, y forma alternativa de comunicación.

Es más, otros autores afirman que la protesta se desprende de los artículos 1 y 2 de la constitución y que está conectado con el derecho a la libre expresión, al derecho de petición y al derecho a participar en el control político.

Ahora bien, pese a que la protesta es un derecho constitucional los estados adoptan medidas que regula su ejercicio o contienen. Lo que complejiza la movilización social. sin embargo, es claro que las sociedades nunca han pedido permiso para ejercer su derecho.

La obligación del estado es proteger la protesta sin importa sus fines, salvo en algunos casos, articulo 56 donde dice limitando el derecho “salvo en los servicios públicos esenciales definidos por el legislador”.

Sentencia T 366/2013

En Colombia el derecho a reunirse y manifestarse pública y pacíficamente está expresamente reconocido en la Constitución Política y en los tratados internacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad.

Sentencia T-456 de 1992 señala: En adelante, sólo el legislador podrá establecer los casos en los cuales puede limitarse el ejercicio del derecho de reunión y manifestación (…) La norma aprobada no establece la facultad que se otorgaba a las autoridades de disolver toda reunión que degenerará en asonada o tumulto o que obstruyera las vías públicas. En su lugar se establece que sólo la ley podrá señalar expresamente los casos en los cuales puede limitarse el ejercicio de este derecho…

Por consiguiente, la protesta no solamente se materializa a través de la constitución, sino que además es respaldada por organismo internacionales sobre derechos humanos, el derecho a la protesta dentro del marco internacional está relacionado con varios derechos como: el derecho de asociación o reunión pacifica, libertad de expresión y huelga.

No obstante, pese que para muchos la protesta es sin duda el último recurso que se debe utilizar y para otros no es aceptable desde ninguna perspectiva, tenemos que tener claro que, si se agota las vías jurídicas, el estado resulta inoperante o las condiciones de vulneración se mantienen pese a un sinnúmero de llamadas de alerta, la protesta sería estimulada por un estado de necesidad. Dice Lalinde en su libro que la protesta social es una forma de evitar que la opinión de unos pocos que tienen acceso e influencia se vuelva la opinión pública.

 

 

 

 

 

 

 

 

Referencia bibliográfica

  •  Fotografía de Arcadia (2019) sobre el derecho a la protesta y los peligros de su estigmatización [Enlínea] recuperado de: https://www.revistaarcadia.com/agenda/articulo/sobre-el-derecho-a-la-protesta-y-los-peligros-de-su-estigmatizacion/79217
  • Burbano, C. (2018). ¿Cómo se rige la protesta pacífica en Colombia? El ejercicio y la garantía de un derecho fundamental. Bogotá: Fundación Ideas para la Paz
  • Constitución política de Colombia
  • Personería de Medellín (2011), protesta social entre derecho y delito recuperado de: file:///C:/Users/USER/Downloads/Dialnet-ProtestaSocialEntreDerechoYDelito-3860600.pdf
  • Cruz, E.(2015) el derecho a la protesta social en Colombia[En línea]  recuperado de file:///C:/Users/USER/Downloads/55404-281338-1-PB.pdf

 

 

 

,

 

 

UNETE



Compartir
Tu nombre:

E-mail amigo:
Enviar
PDF

  • linkedin facebook twitter
  • ©reeditor.com
  • Todos los derechos reservados
  • Avisos Legales