El Presidente de la República ha insistido en repetidas ocasiones sobre el tema de la "Constitución Moral", invitando a los mexicanos a participar. En atención a esa invitación escribo estas reflexiones con el deseo de aportar para la consecución de ese noble propósito.
Introducción
Etimológicamente Constitución (del latínconstitutio, -ōnis)1 , en donde constitutio:
“constituir”,prioviente de con- (“con”) + statuō (“preparar; establecer”), y es el texto jurídico-político, que “constituye” un
Estado.
La
fuente de la Constitución es El Pueblo, que establece el gobierno: sus fines, su
forma y organización; define su territorio; los derechos y obligaciones de
gobernantes y gobernados.
En
México, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos tiene una
marcada inclinación ius positivista (1), esto es: mediante ella se “crean los
derechos y obligaciones” de todos, gobernantes y gobernados, no hay un simple “reconocimiento”
de derechos preexistentes, como explica la escuela ius naturalista (2), ya sea
porque estos hayan sido dados por Dios (ius naturalismo teológico), o por la
razón (ius naturalismo racional).
La
Constitución Mexicana Vigente, formalmente data de 1917, pero en estricto
sentido jurídico este texto no “constituyó” al Estado Mexicano, si atendemos a
que en el decreto mediante el cual se expidió, se dice expresamente “Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos que Reforma la de 5 de febrero de 1857”.(3)
La
Constitución de 1857 (4) estableció:
ART.
40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república
representativa democrática federal, compuesta de estados libres y soberanos en
todo lo concerniente a su régimen interior, pero unidos en una federación
establecida según los principios de esta ley fundamental.
La
Constitución de 1917, (5) dispone:
Artículo
40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República
representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y
soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de
México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley
fundamental.
En
la actualidad, con la inclusión de los “Derechos Humanos”, de fuerte
inspiración ius naturalista, se puede ubicar a nuestra Constitución Política
dentro de la Filosofía Jurídica en el espacio que corresponde al ius positivismo
atemperado. (6)
La
“Constitución Moral”
La
“Constitución Moral”, que ha propuesto en México el Presidente de la República,
Andrés Manuel López Obrador, por su parte, es un texto de carácter político, no
jurídico, sus normas no se pueden imponer coactivamente aun en contra de la voluntad de los infractores; es una “guía de los valores”, en sus propias palabras, con aspiraciones
éticas para reencauzar las conductas de ciudadanos y autoridades dentro de márgenes
razonables que permitan la convivencia pacífica y productiva.
Es
preciso anotar que ya existe ese conjunto de normas “morales” en nuestra
sociedad, recogida mediante el refranero popular en una larga cadena de frases con antivalores tales como: “el que no transa no avanza”, “un político pobre, es un pobre
político”, “hágase la voluntad de Dios en los bueyes de mi compadre”, “calladito
te ves mas bonito”, “la moral es un árbol que da moras”, “son las horas que
usted ordene, señor”, “mi compadre es inocente, porque lo mando yo”, “que
prefieres ¿plata o plomo?”, “que dice el Señor que el bueno es el malo”, “ya
sabe que hay que caerle con el diezmo pa´l proyecto”, “los priistas ya nos
robaron por años, ahora quiero que me robe…”, etc.
Por
lo tanto, mediante la Constitución Moral que propone el Presidente López
Obrador, no se pretende “constituir” sino transformar el inveterado cinismo que
ha privado en las costumbres, sobre todo en la vida pública del País. Naturalmente, la inmensa mayoría repudia ese pervertido cínico proceder de una minoría que detenta el poder físico y económico, adquirido en forma deshonesta e impune, ante la impotencia general.
Si
distinguimos la Moral de la Ética, explicando que la primera es aquel conjunto
de normas de conducta que las clases dominantes imponen a las dominadas (7), en
tanto que, por la segunda, mediante el ejercicio de la razón individual, las
primeras se aceptan e internalizan entre los individuos (8), podemos afirmar
que tal Constitución Moral tiene aspiraciones teleológicas (9), más que
teológicas, esto es, se propone inducir nuevas formas de comportamiento social,
a partir de un comportamiento ejemplarmente honesto de las autoridades y servidores
públicos.
Esto
es, el punto de partida, la “condición sine qua non” para lograr el éxito de
este propósito Presidencial es precisamente el comportamiento
ejemplarmente honesto de las autoridades y servidores públicos.
He
subrayado el comportamiento para enfatizar su importancia y
trascendencia, ya que sin predicar con el propio ejemplo, sin excepciones, tal
propósito estará destinado al mas rotundo fracaso real, aunque los discursos oficiales
puedan pregonar lo contrario, y en esto el Presidente López Obrador juega un
papel fundamental: no solo debe ser impecablemente “honesto”, sino parecerlo.
Antecedentes
Ya
han existido esfuerzos encaminados en esta dirección: mediante mi cuenta de
Twitter, he “arrobado” en distintas ocasiones, diversos textos a Enrique Galván
Ochoa, cito algunas cuantas a modo de ejemplo:
Aportación número dieciocho para la
Constitución Moral que plantea @lopezobrador_ un cambio en la
composición del Poder implica adoptar una definición básica de lo que son las
normas morales, para identificar y sustituir las anteriores. https://www.significados.com/normas-morales/ @galvanochoa
Aportación veintitrés para la Constitución
Moral que plantea @lopezobrador_ Definiciones: la máxima que atribuyen a Juárez “para los
amigos Justicia y Gracia, y a los demás, nomas Justicia”, encierra un dilema de
fondo que deberá definir: ¿igualdad ante la Ley o no? @galvanochoa
Aportación número veinticinco para la Constitución Moral
que plantea @lopezobrador_ : la que existía
antes fue “abolida” el 1o de julio; hay un vacío que espera ser llenado pronto
con hechos y ejemplos de integridad. De arriba a abajo, y la oportunidad no es
eterna @galvanochoa
Propuesta
inicial de Texto para reflexión:
Constitución Moral
1. La Nación Mexicana: su engrandecimiento, progreso,
preservación, bienestar y perfeccionamiento es el mayor valor de los Mexicanos,
sin demérito del respeto por los derechos de los demás Pueblos del Orbe.
2. Los gobernantes no exigirán de los gobernados la
práctica y observancia de más valores que aquellos que estén dispuestos a
asumir en su propio desempeño.
3. La Constitución Mexicana es normativa, no
optativa, y por lo tanto obliga por igual a gobernantes y gobernados, con
independencia de que exista alguna ley que la reglamente.
4. Todos los hombres y mujeres son iguales ante
las leyes Mexicanas, pero serán preferidos los Mexicanos sobre los extranjeros
en todos los casos dentro del Territorio Nacional.
5. Nadie puede merecer mayor reconocimiento que
otro, sino en función de los servicios que preste a sus semejantes, su preparación
profesional y experiencia.
6. Los resultados de la aplicación de los recursos
públicos en obras o servicios, no pueden ser publicitados mas de una sola vez.
7. La ostentación de la riqueza, en abierta contradicción
de la suma de los ingresos obtenidos por cualquier servidor público, basta para
presumir su deshonestidad, investigarlo, separarlo del cargo y someterlo a
juicio.
8. La eficacia, honestidad, experiencia y vocación
de servicio deben ser los parámetros indispensables para promover a las
personas que ocupen cargos públicos.
9. Los Mexicanos deben dar ejemplo de su buen ser
y estar, dentro y fuera del territorio Nacional.
10. En México, la igualdad debe ser real y no
simplemente declarativa, la vida e integridad de cualquier Mexicano vale igual
que cualquiera de sus semejantes.
11. Los Mexicanos debemos preservar los bienes que
conforman nuestro patrimonio público y privado y usarlos con prudencia y
templanza, para preservar el medio ambiente y los recursos naturales para las generaciones
venideras.
12. Las autoridades están para proteger la vida, la
salud, la libertad, la seguridad, la dignidad y la propiedad de los Mexicanos.
13. En los asuntos de carácter judicial bajo su
jurisdicción, los jueces deberán enfocarse al análisis del fondo sobre la forma
de los conflictos.
14. Los mexicanos deben cumplir puntualmente con
sus obligaciones ciudadanas, para poder exigir lo propio de sus gobernantes.