Aunque el Ejecutivo Federal es unipersonal, como lo dispone la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 80: “Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión en un solo individuo, que se denominará "Presidente de los Estados Unidos Mexicanos", es materialmente imposible que el solo pueda cumplir con todas las obligaciones que implica Presidir un País.




