. Desde nuestro punto de vista, la
participación en los asuntos públicos comprende un ejercicio de la ciudadanía
ante el Estado de manera directa o a través de sus representantes; en igualdad
de condiciones y sin discriminación alguna. En tal sentido, ciudadanía y
participación son condiciones unidas e integradas a una visión democrática de la
sociedad, como espacio para la evolución plena de las personas en libertad, paz
y solidaridad.
La
participación ciudadana –es un derecho humano-, y se encuentra reconocida y recogida en
distintos tratados internacionales del Derecho Internacional Público; tales
como: la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), el Pacto
Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (1966), la Convención
Americana sobre Derechos Humanos (1969), la Carta Democrática Interamericana
(2001) y la Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana en la Gestión
Pública (2009).
De la misma manera, la participación se
encuentra contemplada como un derecho específico en la relación de las personas
con su entorno social inmediato; es decir, con las ciudades con lo cual se
refuerza el vínculo y la corresponsabilidad entre la ciudadanía y las
autoridades gubernamentales locales en el tratamiento de los asuntos públicos.
En ese contexto, podemos citar algunos tratados; a saber: Carta Europea de
Salvaguarda de los Derechos Humanos en Ciudad (2000), la Carta Mundial al
Derecho a la Ciudad (2001), la Carta de la Ciudad de México por el Derecho a la
Ciudad (2010), la Carta Social de Las Américas (2012), la Carta de los Derechos
Humanos en la Ciudad de Gwangju (2012), la Carta Ciudadana impulsada por las
“Comunidades Democráticas” (2016) y también la Declaración de París para el
Gobierno Abierto (2016).
En el caso venezolano, el derecho a la participación
está contemplado en nuestro marco jurídico y en la práctica de movimientos comunitarios
y sociales desde el año 1958. Es decir, la tradición participativa cuenta en el
sistema político venezolano con una trayectoria de los últimos sesenta años;
sin añadir las experiencias de organización popular iniciadas por las Ligas de
Colonos en 1934.
En la actualidad y desde 1999, la
participación ciudadana es un mandato transversal contenido en la Constitución
de la República Bolivariana que determina la naturaleza participativa de la
gestión del Poder Público, en tres niveles político-territoriales de la
República. La Constitución Bolivariana reconoce el derecho a la
participación en 37% de sus artículos; convirtiéndolo en un valor supremo y
estratégico de su contenido.
En tal sentido,
el estudio y la elaboración de la historia de la participación ciudadana en
Venezuela representa una alternativa académica válida y socialmente necesaria
para fortalecer el conocimiento cívico de nuestra sociedad; así como también para
ampliar el horizonte analítico de nuestra historia. La elaboración de esta
historia destacaría las raíces sociales de la democracia deliberativa y
participativa que ahora se pregona. Esas
raíces, en este caso, lamentablemente se encuentran ocultas y, de paso no lo
suficientemente valoradas como parte del capital cultural de nuestra sociedad.
En nuestro país, los estudios sobre las ideas,
propuestas e iniciativas vinculadas al tema de la participación ciudadana
adquirieron particular relevancia, a partir de la aprobación popular y vigencia
de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. El interés
sobre el tema participativo emergió al ser considerado como un rasgo distintivo
esencial de la nueva democracia, la democracia participativa contemplada en la
nueva Carta Fundamental.
A partir de 1999, la participación ciudadana captó el
interés de académicos, de activistas comunitarios y sociales y por supuesto, de
la dirigencia política independiente, oficialista y opositora. Pueden
registrarse una notable cantidad de literatura (analítica y también propagandística) que intentaba comprender y
explicar la democracia participativa que se iniciaba en aquel momento. Sin
embargo, la experiencia participativa anterior, esa experiencia teórica,
documental y práctica no fue considerada en su verdadera dimensión y
singularidad histórica; sino tan sólo como meros “antecedentes” a la propuesta
de la recién inaugurada democracia participativa.
Y no cabe duda que, las experiencias de participación
ciudadana realizadas durante el lapso 1958-1998 constituyen antecedentes de una
propuesta de democracia participativa. Al aceptar esta valoración
retrospectiva, la democracia participativa se ubicaría como la continuación, o si se quiere, una evolución de
la democracia de la IV República. Aún más, significaría que el rasgo
participativo de esta nueva democracia sería un complemento de la democracia
liberal y representativa, y no como una ruptura con ese modelo.
El tratamiento historiográfico de la participación
ciudadana como parte del estudio; tanto de la democracia venezolana como de la evolución
de su sociedad civil ha sido precario y casi inexistente. Al respecto, quizás haya
una valoración académica inapropiada del “hecho participativo” como un asunto
relevante para la investigación histórica. Aunque hay que destacar que las
investigaciones de Amelia González de Pacheco, María Pilar García, Luis
Salamanca y Luis Gómez Calcaño (entre otros investigadores) hacen aportes
fundamentales para la comprensión de la evolución de los sujetos de la
participación ciudadana en el país.
Para muchos
el abordaje científico del movimiento participativo en Venezuela es un asunto
más bien relacionado con las ciencias sociales y políticas que con la historia.
En todo caso, emprender un estudio sistemático constituye un reto pendiente
para construir una visión de mayor amplitud y rigurosidad científica de nuestra
historia social.@migonzalezm