Hoy, a eso de la hora de la meridiana, comienzo a leer un aluvión de tweets relativos a la, parecía ser, inminente reforma de la Constitución para la fijación de un techo de déficit acordada entre el Presidente del Gobierno, Jose L. Rodríguez Zapatero y el jefe de la oposición, Mariano Rajoy, en una especie de inesperada, sorprendente y súbita 'coalición'.He seguido el tema con atención en TWITTER y la proliferación de mensajes desde todos los flancos ha sido también francamente interesante. Muchos de ellos, a los que me dirijo, criticaban el hecho de que tal reforma se plantease sin necesidad de someterla a referéndum. Estoy de acuerdo con ellos en el fondo, pero me impiden posicionarme plenamente en su favor determinadas cuestiones formales de índole jurídico. Importantísimas en muchos casos.Lo cierto es que, de acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico vigente, que son las reglas de juego de la partida que iniciamos todos los españoles en el año 1978, PP y PSOE pueden llevar a cabo la reforma en cuestión sin consultar a la ciudadanía. Ostentan, entre ambos, una representación superior al 90% en el Parlamento y, consecuentemente, pueden proceder legalmente según pretenden.



