Desde hace algún tiempo, diferentes reportes como el Informe Latinobarómetro y otros como los
analizados en el Consejo Asesor Presidencial sobre Equidad,
plantean que existe la opinión generalizada en el país de que en Chile se
discrimina por origen social y género.
Una serie de estudios han apoyado esta percepción. Núñez y Pérez (2007)
encontraron indicios de que la discriminación basada en aspectos socioculturales es una práctica que
podría estar explicando diferencias en los ingresos de quienes
forman parte del mercado de trabajo (Núñez y Gutiérrez, 2004).
Bravo, Sanhueza y Urzúa (2008), por otra parte, utilizaron una
metodología experimental para estudiar la posibilidad que tenían los
hombres de ser llamados a entrevistas de selección comparados con las mujeres;
la que tenían los postulantes de comunas de altos ingresos versus los que
provenían de municipalidades de bajos ingresos, y la de los postulantes con
apellidos asociados a niveles sociales altos comparados con aquellos que tenían
apellidos asociados a niveles sociales bajos. No encontraron diferencias significativas
en ninguna de estas categorías, si bien sólo estudiaron la probabilidad de que
los postulantes fueran llamados a la entrevista personal, y no la decisión
final de contratación.
Aun considerando este último estudio, la idea de que existe discriminación
laboral es una percepción generalizada entre la población y encuentra un
sustento razonable en la evidencia recogida a través de una serie de estudios.
A pesar de todo ello, hasta el año 2009 no había registro de demandas por
discriminación en los procesos de selección, de acuerdo a la Directora del
Trabajo en una entrevista a la revista Ya de El Mercurio.
¿Cómo se explica esta aparente contradicción?. Probablemente parte de
eso se deba a las diferencias normativas de Chile con otros países. La tendencia internacional indica que,
abrumadoramente, los países optan por regular de manera específica las
prácticas de selección para asegurarse de que no fomenten la discriminación
basada en el género, origen, edad o estado civil. En un estudio
comparativo de 22 países publicado en el año 2008, se encontró que, con la
excepción de Chile, en todas las restantes legislaciones se regulan las
prácticas de selección con el fin de asegurar que no fomenten la discriminación
(Myors et al, 2008).
A diferencia de lo que sucede con el procedimiento de desvinculación
(que está estrictamente reglamentado), el reclutamiento y la selección en Chile
se han caracterizado por ser un área de la gestión de personas donde no se
aplica ni legislación específica ni regulaciones profesionales de quienes la
llevan a cabo. Modificar esa situación podría generar las condiciones para
una verdadera igualdad de oportunidades.
Bravo, D.; Sanhueza, C. y Urzúa, S. (2007). An Experimental Study About Labor Market
Discrimination: Gender, Social Class And Neighborhood. Documento
de trabajo Nº 263. Santiago, Departamento de Economía, Universidad de Chile.
Cuevas, A.M. (2009, Noviembre 17) Las preguntas contra las mujeres.
Revista Ya. El Mercurio. Págs. 34-39.
Myors, B. et al (2008)
International Perspectives on the Legal Environment for Selection. Industrial and Organizational Psychology. 1 (2): 206–246. Departamento de
Economía, Universidad de Chile.
Núñez, J. y Gutiérrez, R. (2004). Classism, discrimination and meritocracy in the labor market: the case
of Chile.Documento de trabajo Nº 208. Santiago, Departamento de Economía, Universidad de Chile.
Núñez, J. y Pérez, G. (2004). “Dime cómo te llamas y te diré quién
eres”: la Ascendencia como mecanismo de diferenciación social en Chile.
Documento de trabajo Nº 269. Santiago