Ningún banco puede "cobrarse a lo chino" de una cuenta de nómina, si ésta no pertenece a la misma institución con la que se tiene el adeudo
Ningún banco puede "cobrarse a lo chino" de una cuenta de nómina, si ésta no pertenece a la misma institución con la que se tiene el adeudo
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Esto es una gran mentira. En primer lugar la práctica del “cobro a lo chino” cuando se tienen deudas bancarias no es una novedad. Sabemos de muchas personas que tienen deudas con tarjetas de crédito y que por desgracia el banco le retiene su salario si éste es depositado en una cuenta de la misma institución. Es decir, si le debes a Bancomer y te depositan tu nómina en el mismo banco, lo más seguro es que cuando vayas al cajero a retirar tu quincena te encuentres con la desagradable sorpresa que no tienes nada porque ya se lo cobraron sin tu consentimiento. Pero si le debes a un banco distinto del cual recibes tu salario, no te pueden hacer absolutamente nada. Estas dudas vienen a colación porque con la promulgación de la reforma financiera se dice que pueden “embargarte” tus bienes si no cumples con tus obligaciones con el banco. Recordemos que el término “embargo de bienes” ha sido cambiado por “retención de bienes” y esto significa que si el banco demanda un adeudo, se podrá exigir, como medida precautoria, que se retengan los bienes dados en garantía al momento de pedir un crédito. En el caso del “cobro a lo chino” la situación es distinta. Cuando una persona adquiere un crédito no deja como garantía su salario, así que la retención de bienes no puede llevarse a efecto. Sin embargo, los bancos que realizan estas prácticas se escudan en que al momento de firmar un contrato de cuenta de nómina muchas personas firman de conformidad que si se llegara a tener un adeudo con la institución ésta puede cobrarse de esa forma. Pero si una persona no da su consentimiento para que eso suceda no deberá pasar nada y puede levantar una queja contra la institución. Por desgracia, como dije al principio, el “cobro a lo chino” es una triste realidad. Si se quiere evitar lo único que queda es pedir al patrón que haga el pago en efectivo, en cheque o que se deposite en un banco distinto al que se debe. Hay que tener mucho cuidado con esas cartas de despachos de cobranza que utilizan términos extraños para obligar a las personas a pagar. Recuerden que con la reforma financiera la Condusef tiene facultades para poner en orden a estas empresas o a las instituciones bancarias que se quieran pasar de listos con las personas, así que la única vía es denunciar. Los invito a leerme también en www.miluchacontralausura.com