La nueva Ley 20.255 de Reforma
Previsional, publicada en el Diario oficial el 27 de marzo de 2008, introduce
perfeccionamientos a los tres pilares que conforman un sistema de pensiones
-Pilar Solidario, Pilar Obligatorio y Pilar Voluntario-, con el fin de lograr
un sistema integrado y coordinado que asegure la protección social a cada uno
de los ciudadanos del país.
El primer pilar, normalmente
financiado con recursos tributarios y no necesariamente atado a contribuciones
durante la vida activa, tiene el propósito de asegurar una pensión básica a
quienes no tienen otros ingresos en la vejez, o bien complementarlos si estos
son muy bajos. El segundo pilar, el sistema contributivo obligatorio, tiene dos
objetivos propios: lograr la máxima tasa de cobertura posible del universo de
asalariados y trabajadores independientes y lograr una tasa de reemplazo de los
ingresos al momento de terminar la vida activa que no implique un brusco
empobrecimiento, suavizando la curva de la capacidad de consumo a lo largo de
la vida y redistribuyéndola desde la edad productiva a la vejez. Un tercer
pilar, el que incentiva tributariamente el ahorro voluntario, viene a
complementar, con el esfuerzo individual adicional, los ingresos en la vejez.[1]
En este sentido, La
tasa de reemplazo se refiere al porcentaje que representa elmonto de la pensión
sobre el promedio de las remuneraciones del trabajador, en los últimos 10 años
o el promedio de todas las remuneraciones por las que cotizó durante su vida
laboral. En economías emergentes las remuneraciones de lo trabajadores crecen
más que en las economías desarrolladas y, en consecuencia, los sueldos en las
economías emergentes son mucho más altos al final de la vida laboral, y
mucho más altos que el promedio de las remuneraciones de toda la vida laboral.
El Banco Mundial da cuenta de éstas distintas formas de medir la “tasa de
reemplazo” para sistemas de aportes obligatorios. Un estudio de los países de
la OECD señala que la tasa de remplazo promedio, al considerar todos éstos
países, es 54% de la última renta para planes públicos y privados obligatorios,
y de 15% para planes voluntarios, lo que suma un 69% como tasa de remplazo
total promedio.[2]
Para analizar esta temática nos
basaremos en un estudio realizado por la Asociación de AFP Chilena
en mayo del 2010, en su serie de publicaciones.
En el cual se buscaba verificar
si nuestro sistema previsional es capaz de proporcionar pensiones de reemplazo
adecuadas, comparables a los estándares internacionales. Para aquello se
proyectaron pensiones con dos variables: años de cotización y rentabilidad del
ahorro. Las tasas de remplazo se calculan con rentabilidades de5%, 6% y 7%,
real por año, y las cotizaciones van desde 10% hasta 100% del periodo laboral,
donde el tiempo no cotizados se distribuye en forma uniforme en todo el período
de aporte (desde los 18 a los 65 años en el hombre y desde los 18 a los 60 años
en el caso de la mujer).
La tasa de remplazo se calcula
como la pensión líquida dividida por el promedio de las últimas rentas
líquidas, expresada en términos porcentuales. En el estudio se proyectan
pensiones de un hombre a los 65 años, con una renta imponible inicial de
$220.000 que crece al 2% real por año hasta los 50 años. Luego la renta se
mantiene constante en términos reales. Para el cálculo de la tasa de reemplazo
del hombre se utiliza una renta imponible de $414.600 mensual, equivalente al
promedio de los 10 últimos años. También se proyectan pensiones para una mujer,
con renta imponible inicial de $190.000, que crece al 2% real por año, también
hasta los 50 años, luego la renta permanece estable en términos reales. Se
utilizan dos edades para estimar la pensión: a los 60 años, que es la edad
legal de jubilación, y a los 65 años cuando recibe el Aporte Previsional
Solidario y el Bono por dos Hijos, pero considerando la fecha de jubilación a
los 60 años. Para el cálculo de la tasa de reemplazo de la mujer se utiliza una
renta imponible de $358.060 mensual, equivalente al promedio de los 10 últimos
años. Las pensiones se calculan bajo la modalidad de retiro programado. Las
rentas iniciales utilizadas corresponden a trabajadores jóvenes que se
incorporan tempranamente a la vida laboral, según estadísticas de la
Superintendencia de Pensiones, cuyo nivel permite apreciar el impacto del
Aporte Previsional Solidario y el Bono por Hijo.
Los resultados indicaron que en
todos los escenarios la tasa de remplazo aumenta en forma
significativa a mayor tiempo cotizado y más alta rentabilidad.
En todos los escenarios, al
incluir el Aporte Previsional Solidario (APS), se observa una mejoría
significativa de la tasa de remplazo para aquellos jubilados que presentan bajo
número de años de cotizaciones. Lo anterior se explica por el diseño del Aporte
Previsional Solidario, beneficio que se otorga sólo a los que obtienen una
pensión autofinanciada inferior a $255.000, en régimen, donde el máximo aporte
llega a $75 mil mensual cuando la pensión autofinanciada del afiliado es cero,
decreciendo el subsidio a medida que el afiliado es capaz de autofinanciar una
pensión mayor, llegando el beneficio a cero cuando la pensión autofinanciada
alcanza a $255.000.
De esta manera es que las tasas
de reemplazo implementan una aproximación a la “seguridad” o garantía sobre el
reemplazo de las remuneraciones en la etapa de la jubilación.