Ciudadanía, Democracia y la tragedia de la guardería ABC *
Sociología | 21/05/2011

Por Mario Aníbal Bravo

En México y América Latina la desigualdad es uno de los rasgos más alarmantes y sobresalientes. En México el 40% de las familias más pobres recibe sólo el 13% de los ingresos totales. En contraposición, el 20% de las familias más ricas recibe el 55%, que en comparación con los países industrializados donde el 40% de las familias más pobres reciben el 21% del ingreso y el 20% más rico el 40 (Unesco, 2008), esto nos plantea un escenario con un porcentaje mucho más amplio de la población que se encuentra en una situación de vulnerabilidad.

Esto evidencia un Estado que no ha sabido crear las condiciones necesarias para que los ciudadanos tengan la misma oportunidad de acceder en igualdad de circunstancias a los derechos que éste garantiza. El investigador argentino Guillermo O’Donnell señala que sólo se puede ejercer una ciudadanía efectiva cuando todas las personas gozan de las mismas oportunidades para acceder a los servicios que ofrece el Estado. Es por eso que en México no hay asunto público más relevante, que pese más en la convivencia social y en las posibilidades de instalación de un régimen democrático, que la desigualdad entre los miembros de la sociedad, la cual se manifiesta y reproduce en todos los ámbitos de nuestra vida y no solamente en términos del ingreso. Esto es, en el acceso a la seguridad social como cuidado infantil, educación, salud, vivienda, alimentación, y en general a todos los derechos que como ciudadanos tenemos, entre los que podemos enumerar justicia, seguridad, cultura, y vida digna, entre otros.


El pensador inglés John Stuart Mill, señala que la participación ciudadana permite a los individuos opinar y participar en la sociedad, lo que incentiva el carácter activo, propio de y necesario para la democracia (1). Este autor argumenta que siempre es preferible un gobierno democrático a otras formas de gobierno, no por garantizar resultados acertados en la toma de decisiones, sino por establecer los cauces institucionales y procedimentales que permitan intervenir a la propia comunidad en la resolución de sus problemas.


En un estudio de orden histórico realizado por Charles Tilly en 1996 sobre la construcción de ciudadanía (2), se puede observar que existe una correlación entre derechos y luchas sociales, entre derechos y presiones desde abajo. Es decir, cuando los derechos son concedidos desde arriba, la capacidad de aplicación es segmentada, particular o selectiva. La experiencia histórica demostraría que los derechos, cuando no son el resultado de grandes luchas sociales, pueden ser aceptados pero no implantados o no aplicados adecuadamente.

 

En nuestro país, hasta ahora, el ejercicio de la ciudadanía se reduce a la emisión de un voto. Esto genera una democracia minimalista donde la única prerrogativa para los ciudadanos consiste en elegir a sus gobernantes, delegándoles el poder para que hagan con él lo que se les antoje. Los altos niveles de corrupción, la cada vez más creciente delincuencia, la escasa participación política, la violación a los derechos humanos por parte de las autoridades, el uso arbitrario del poder político, el tráfico de influencias, privilegios a grupos clientelares, entre otros, son indicadores que demuestran que la ciudadanía se encuentra cada vez más marginada de las decisiones públicas.

El ejercicio de un gobierno cuyas decisiones públicas nunca fueron sometidas a consulta ciudadana y mucho menos a rendición de cuentas, permitió crear un entramado legal que permite a los gobernantes manipular la formulación de las políticas e incluso configurar nuevas reglas del juego para su beneficio. Esto ha generado una marcada polarización entre la clase política y la ciudadanía en general, quien se encuentra marginada, no sólo del acceso a las oportunidades a cargos públicos que incorporan la toma de decisiones, sino a la justicia, la movilidad social, la competencia empresarial y en general de todas las funciones, que por su naturaleza le compete asegurar al Estado.


Los politólogos argentinos Catalina Smulovitz y Enrique Peruzzotti proponen el término “Accountability Societal” para designar al fenómeno que funciona como un mecanismo no electoral de control de autoridades políticas, que descansa en las acciones de un múltiple conjunto de asociaciones de ciudadanos y movimientos, sobre los medios de acción que tienen como objetivo exponer los errores gubernamentales, trayendo nuevas cuestiones a la agenda pública, o de activar el funcionamiento de las agencias horizontales. Esta idea de rendición de cuentas emplea herramientas institucionales y no institucionales (3) .


El incendio ocurrido el pasado 5 de junio del 2009 en las instalaciones de la guardería ABC en Hermosillo, Sonora, donde perdieron la vida 49 infantes a causa de las lesiones producidas por el fuego y humo, es un fenómeno que ha venido a revitalizar la movilización y en cierto sentido la participación ciudadana en esta ciudad y en algunas otras del Estado y de México. Esto es así porque a todos nos queda la sensación de que la tragedia se pudo haber evitado si las cosas se hubieran hecho como se debe; si las guarderías hubiesen estado manejadas por profesionales en la materia, si los inspectores de protección civil hubieran hecho su trabajo, si la guardería estuviera ubicada en un lugar seguro y un sinnúmero de irregularidades que saltaron a la vista, pero sólo después de la tragedia.


En atención al término acuñado por los autores antes citados, la movilización ciudadana es un recurso no institucional que tiene como objetivo exponer los errores de los gobernantes, cuya efectividad se basa en las sanciones simbólicas a los responsables, situación en la que es indudable que los padres de los niños muertos en el incendio, y las organizaciones nacidas tras la tragedia, como el Movimiento Ciudadano por la Justicia 5 de Junio, Manos Unidas por Nuestros Niños, Salud y Justicia, Ángeles en Espera, entre otros, cuentan con una fuerza moral incuestionable para liderar las demandas surgidas a partir de la tragedia. Pero la división de estos grupos evidencia que sus demandas se concentran en reclamos particulares de justicia, cuando la fuerza de estas organizaciones debería estar en la unidad de los reclamos ciudadanos que la tragedia hizo patente, como una deficiente impartición de justicia, un sistema de seguridad social inoperante, ya sea en su vertiente de cuidado infantil o en atención a la salud, y en general todos los reclamos que se evidenciaron por la tragedia.

La división de estos grupos le resta fuerza a sus demandas y a la sanción simbólica que éstas representan. Si en realidad se quiere trabajar en lo que plantea el lema que ha utilizado el movimiento “5 de Junio”; “ABC NUNCA MÁS” las demandas de los padres deberían concentrarse - si bien es cierto en el castigo a los culpables directos de la tragedia- más que nada en evidenciar la estructura jurídica y de poder, que permitió que se generara una situación como esta, ya que de nada serviría sancionar a dos o tres funcionarios, mientras prevalezcan las condiciones que le permitan generar situaciones como las que provocaron la tragedia. Las demandas de todos los grupos nacidos alrededor de la tragedia son legítimas y producto de un mismo sistema que no garantiza la seguridad de los menores, ya sea antes o después de la tragedia, es por eso que los movimientos deberían buscar el diálogo y la fuerza que les confiere la unidad de un reclamo que incluya toda las voces.


El incendio de la guardería marca un parte aguas en la historia de México, mismo que hasta ahora los actores involucrados en el escándalo del ABC no han sabido descifrar. La legitimidad de los reclamos nacidos a raíz de la tragedia de la guardería tiene la fuerza suficiente para cambiar al país entero, los reclamos de impartición de justicia, salud, rendición de cuentas y, en general, la demanda de respeto a los derechos humanos de la ciudadanía, son reclamos con los que todos nos sentimos identificados, y no con las demandas personales de cada organización, que lo único que hacen es restarle fuerza al reclamo de justicia.


La Suprema Corte de Justicia de la Nación es otro de los actores que no supo o no quiso asumir su papel en los acontecimientos nacidos alrededor de la tragedia del cinco de junio. La Corte tuvo en sus manos la oportunidad histórica de redefinir el equilibrio de poderes en el país. Si bien es cierto que la declaración del pleno del alto tribunal en torno al caso de la Guardería ABC determina la existencia de violaciones graves a las garantías de audiencia y legalidad de las víctimas del incendio, este no entró a conocer el fondo del asunto, por lo tanto no tiene facultades para culpar ni exonerar a nadie. La corte no quiso conocer el fondo del asunto de la solicitud planteada por los padres de los niños muertos en la guardería, sólo se limitó a emitir una declaratoria sin efecto legal alguno.

 

El artículo 97 constitucional, segundo párrafo señala expresamente que “La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá nombrar alguno o algunos de sus miembros o algún Juez de Distrito o Magistrado de Circuito, o designar uno o varios comisionados especiales, cuando así lo juzgue conveniente… únicamente para que averigüe algún hecho o hechos que constituyan una grave violación de alguna garantía individual”. El cual, concatenado con el artículo 103 fracción I de la misma Constitución, faculta a los tribunales de la federación para conocer de violación de garantías, y siendo la corte el maximo tribunal federal, pudo hacer uso de su facultad de interpretación de las leyes para resolver de fondo el asunto, y superar el status quo que la mantiene como un lacayo del poder ejecutivo.


La determinación de la corte la evidencia como un tribunal de casación, en la que su único papel es la revisión de una legalidad perversa que legitima los intereses particulares contenidos en ella, ya que las violaciones a garantía que señala en el informe de la comisión investigadora, no resuelve violaciones directas a las garantías individuales de las víctimas, como lo dictaminaba el proyecto del ministro Zaldívar, sino sólo determina que existieron violaciones a la garantía de audiencia y legalidad.

 

La corte desaprovechó la oportunidad de hacer justicia y de convertirse en un órgano de rendición de cuentas horizontal, entendida ésta como la existencia de agencias estatales que tienen autoridad legal y están fácticamente dispuestas y “empoderadas” para emprender acciones que van desde el control rutinario, hasta sanciones penales, en relación con actos u omisiones de otros agentes o agencias del estado que pueden, en principio o presuntamente, ser calificadas como ilícitos (4) . Desafortunadamente parece que en México no existen estas agencias, lo que le resta a la ciudadanía un escenario efectivo en la palestra política.


El politólogo argentino Guillermo O’Donnell señala que una ciudadanía integral sólo puede generarse en un proceso de construcción que implica una acción social desde abajo y una capacidad de articulación y respuesta desde arriba, en un proceso que busque “democratización de la democracia”, es decir, que los derechos políticos de la democracia sean usados para conquistar otros derechos, ya que sólo el acceso pleno a los derechos civiles, políticos y sociales puede garantizar la existencia de una verdadera democracia. Mientras el acceso o disfrute de los derechos sea parcial o no exista para sectores amplios de la población, la toma de desiciones siga en manos de la clase política y alejada de las demandas ciudadanas la democracia electoral seguirá siendo precaria y manipulable.


* Algunas de las ideas aquí expresadas, se encuentran desarrolladas en un texto que está en dictamen en una recopilación de ensayos titulado “Las consecuencias perversas de la democracia delegativa”.

(1) Stuart Mill, John, Sobre la libertad, Madrid, Alianza Editorial, 1970.

(2) Charles Tilly (ed.), Citizenship, Identity and Social History, International Review of Social History Supplements, Nueva York, 1996.
(3) Catalina Smulovitz y Enrique Peruzzotti, “Societal Accountability in Latin America: Journal of Democracy, volumen 11, numero 4, 2000; Enrique Peruzzotti y Catalina Smulovitz, “Accountability Social, la otra cara del control” en Enrique Peruzzotti y Catalina Smulovitz (editores) Controlando la política. Ciudadanos y Medios en las Nuevas Democracias Latinoamericanas, Buenos Aires, Editorial Temas, 2002.

(4) Guillermo O’Donnell, Accountability horizontal. 1989

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