Una
propuesta interesante al artículo 55 de nuestra Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos y que desde mi punto de vista pasó desapercibida (cómo
muchas otras en la Cámara), es la que presentó hace unos meses el diputado
federal Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, integrante del Grupo
Parlamentario de Partido del Trabajo (PT), que -entre otras cosas- propone
establecer la imposibilidad de postularse para un cargo de elección popular
dentro del año siguiente a la conclusión del encargo a los Gobernadores y a el
Jefe de Gobierno del Distrito Federal.
Propone:
Modificar los requisitos que deben cubrir quienes pretendan ocupar
un cargo de elección popular, con la finalidad de homologar la renuncia con un
año de anticipación de los servidores públicos señalados en numeral 55,
(No ser activo en el ejército federal, ni mando en la policía o gendarmería
rural en el distrito donde se haga a elección, titulares de organismos
constitucionales autónomos, subsecretarios de Estado, organismos
descentralizados, y desconcentrados de la administración pública federal,
Ministros de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, ni Magistrado ni Secretario del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación, Consejeros Electorales federal, locales y
distritales, Secretario Ejecutivo, o directivo del IFE, Secretarios de Gobierno
de los Estados, y D.F., Magistrados y Jueces Federales del Estado o del D.F.,
Presidentes Municipales y titulares de algún órgano político-administrativo en
el caso del D.F. y Ministros de algún culto religioso).
Para el caso de los Gobernadores y jefe de
gobierno del Distrito Federal, si bien, el presente numeral actualmente señala
que no podrán ser electos en las entidades federativas de sus respectivas
jurisdicciones durante el periodo de su encargo aún cuando se separen
definitivamente de sus puestos, el diputado Huerta Ladrón de Guevara, propone
establecer la imposibilidad de postularse dentro del año siguiente a la
conclusión del encargo.
Por
otro lado establece que no podrán ser Diputados o Senadores los miembros de los
órganos de dirección de asociaciones de trabajadores o patronales con registro
oficial, o miembros de los órganos de dirección de asociaciones o partido
políticos nacionales, a menos que se separe de su cargo en forma definitiva un
año antes de la elección.
Lo anterior, según la iniciativa es con el afán de evitar
conflictos de interés, pues busca establecer que no podrán ser diputados o
senadores las personas físicas o quienes tengan la calidad de accionistas,
socios, asociados, representantes, mandantes o mandatarios, apoderados,
comisionistas, agentes, gestores, asesores, consultores, subcontratistas,
empleados o que con cualquier otro carácter intervengan en las contrataciones
públicas o concesión de bienes y servicios en los ámbitos federal o estatal a
menos que rescinda o renuncie al cargo o empleo que corresponda un año antes de
la elección.
Destaca que en las restricciones para acceder al cargo de Diputados
o Senadores se considera a las personas físicas o morales que cuentan con
concesiones de bienes y servicios públicos, toda vez que la concesión pública
es un acto administrativo por medio del cual la autoridad administrativa
faculta a los particulares la utilización, explotación de bienes y servicios
del Estado, y resulta necesario establecer restricciones a las personas físicas
o integrantes de personas morales que se benefician de estas concesiones de
bienes y servicios públicos y que pretenden acceder a cargos de elección
popular.
Por lo que determina que no podrá ser Diputado o Senador la
persona física, socio o miembro de los órganos de dirección y administración de
personas morales de los sectores privado o social que cuenten con concesiones
del Estado para la explotación de bienes o prestación de servicios públicos, a
menos que renuncie a éstas o deje de formar parte de la sociedad, dirección o
administración de la persona moral, según corresponda, un año antes de la
elección.
Con esta
interesante iniciativa el diputado integrante de la LXII Legislatura, asegura
que con lo anterior, pretende evitar cualquier influencia que rompa las
condiciones de igualdad en la contienda electoral, así como el de intentar
evadir cualquier responsabilidad administrativa en la administración que recién
concluye y privilegiar el fortalecimiento de los principios de igualdad y
equidad en los procesos electorales, atendiendo a la distancia de las
actividades o funciones en las que se puede hacer uso de recursos humanos o
materiales por el ejercicio de un cargo público o disposición de bienes del
Estado, que pueden producir como resultado inequidad en la competencia
electoral.
En su
proyecto, y con el objeto de apoyar lo anterior, argumenta que el Estado
mexicano ha suscrito diversos tratados internacionales en temas de
anticorrupción y conflictos de intereses como la Convención Interamericana
contra la Corrupción; y la Convención de las Naciones Unidas contra la
Corrupción, en donde asume el compromiso para prevenir conflictos de intereses,
esto es, aquellas situaciones en las que el juicio del individuo -concerniente
a su interés primario- y la integridad de una acción, tienden a estar
indebidamente influenciado por un interés secundario, de tipo generalmente
económico o personal.
Destaca
–en la exposición de motivos- la propuesta de una ética política que tiene como
objeto la probidad pública, la transparencia en la gestión del Estado y el
combate a la corrupción, a través de la creación de instituciones públicas
autónomas y especializadas; la promulgación de leyes y la adopción de
convenciones internacionales sobre la materia; así como la implementación de
políticas públicas que promueven valores con el objeto de afirmar y proteger la
transparencia y rendición de cuentas.
No deja de
ser interesante la propuesta del legislador en la que coincido de manera plena,
pues sería muy sano y hasta necesario que tanto gobernadores de las entidades
federativas, como el jefe de gobierno del D.F., por mandato constitucional
tuvieran que dejar pasar un año para volver a contender incluso hasta por ética
política.
En base a
lo anterior seguramente coadyuvarían en desaparecer cualquier sospecha de
tráfico de influencias o presión derivado del cargo que recién desempeñó, e
inclusive esa posible ascendencia que
pudiera tener ante las autoridades electorales tan cuestionadas el día de hoy.
Con la
presente iniciativa se lograría el piso parejo para todos los candidatos,
lamentable la presente iniciativa no encontró eco alguno entre sus pares, y con
ello se pierde una vez más la posibilidad de avanzar en temas como el que
comentamos hoy y que en mucho abonarían a nuestra incipiente democracia.
@CPEREZZ001