Esta es la Ley 1618 del 27 de febrero de 2013 - Ley de Discapacidad
Se considera pertinente presentar el texto de la Ley 1618 de 2013, POR MEDIO DE lA CUAL SE ESTABLECEN lAS DISPOSICIONES PARA GARANTIZAR El PLENO EJERCICIO DE lOS DERECHOS DE lAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD y que fue sancionada por el Presidente Juan Manuel Santos Calderón con fecha del 27 de febrero de 2013.
Esta Ley, que es estatutaria, tiene como objeto de garantizar y asegurar el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad, mediante la adopción de medidas de inclusión, acción afirmativa y de ajustes razonables y eliminando toda forma de discriminación por razón de discapacidad, en concordancia con la Ley 1346 de 2009, que es la Ley poor medio d ela cual se aprobó la "Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad", adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006.
La Ley 1618 de 2013 se rige por los principios de dignidad humana, respeto, autonomía individual, independencia, igualdad, equidad, Justicia, inclusión, progresividad en la financiación, equiparación de oportunidades, protección, no discriminación, solidaridad, pluralismo, accesibilidad, diversidad, respeto, aceptación de las diferencias y participación de las Personas con Discapacidad.
De llegarse a cumplir plenamente el objeto de la Ley 1618 de 2013, los casi 2,6 millones de colombianos en situación de discapacidad podrán beneficiarse con la compra o remodelación de vivienda de interés social; así mismo, en el tema educativo, en caso de que sean admitidos en una universidad pública tendrán que pagar la matrícula mínima, así como también podrán beneficiarse con los programas de deporte, recreación y cultura que serán financiadoscon el 5 por ciento del IVA de telefonía móvil.
Se contempla igualmente que las administraciones locales deberán incluir una política pública de discapacidad y la creación de un Consejo de Inclusión de Discapacidad que deberá contar con la participación de empresas, gremios, ONG, cámaras de comercio, sindicatos y organizaciones de las personas con discapacidad.
Esta norma, que según el gobierno, busca brindar condiciones de inclusión laboral a las personas en situación de discapacidad, igualmente establece preferencias en la adjudicación y celebración de contratos y en el otorgamiento de créditos o subvenciones a los empleadores particulares, cuya planta de trabajadores tenga mínimo un 10 por ciento de personas con discapacidad.
A los textos de las Leyes 1618 de 2013 y 1346 de 2009, se puede tener acceso a través de los siguientes links:
Ley 1618 de 2013: http://wsp.presidencia.gov.co/Normativa/Leyes/Documents/2013/LEY%201618%20DEL%2027%20DE%20FEBRERO%20DE%202013.pdf o en el archivo adjunto, que se encuentra al final de este artículo.
Ley 1346 de 2009:http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/2009/ley_1346_2009.html
El Editor