Algunas Consideraciones sobre la UPC para el año 2012
Ciudadanía | 01/01/2012

ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE LA UPC PARA EL AÑO 2012

Notas previas a la publicación del Acuerdo 30 del 27/diciembre/2011 la Comisión de Regulación en Salud (CRES) que fijó la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para el sistema de salud colombiano para el año 2012, texto del citado Acuerdo, notas de prensa sobre la decisión de la CRES y Consideraciones de la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas (ACHC) al respecto.


 

(1)

Nota previa a la publicación del Acuerdo 30 del 27/diciembre/2011 la Comisión de Regulación en Salud (CRES) que fijó la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para el sistema de salud colombiano para el año 2012

LINK:

http://ulahybeltranlopez.blogspot.com/2011/12/sera-que-esta-vez-si.html


¿Será que esta vez sí?

(Publicado en http://www.elheraldo.co/, el domingo 25/diciembre/2011)

(Publicado en EL HERALDO, el lunes 26/diciembre/2011)

(http://www.elheraldo.co/opini-n/columnistas/ser-que-esta-vez-s-50821)


Faltando menos de una semana para finalizar el 2011, aún la Comisión de Regulación de la Salud (Cres) no ha anunciado el incremento de la unidad de pago por capitación (UPC) para el sistema de salud correspondiente al año 2012. Esta UPC es el valor o prima que el Fosyga les reconoce a las EPS por cada uno de sus afiliados para garantizar a ellos la prestación de los servicios incluidos en el plan obligatorio de salud.

Recientemente la Cres expidió el Acuerdo que definió el nuevo listado de beneficio del plan obligatorio de salud del sistema de salud colombiano que incluyó más de 150 nuevos medicamentos y tratamientos. Las EPS consideran que esas nuevas inclusiones generan un costo adicional del 9.5 % de la UPC actual de 2011.

A ese porcentaje de incremento le agregan un aumento de la inflación del 4% y que consideran también se debe aplicar a la UPC actual de 2011. Por eso a través del gremio que las agrupa, las EPS solicitan que “el incremento de la UPC deba ser por lo menos del 13.5% del valor promedio actual”, ante un gasto adicional para el sistema que se ha estimado en cerca de $ 1.2 billones, (http://www.cmi.com.co/i/p/imp.asp?n=74476).

Por varias razones, personalmente no creo que a la UPC para el 2012 se le asigne un incremento de la proporción que solicitan las EPS.

La primera razón se relaciona con todas las inconsistencias informativas que presentó la información que al respecto le entregaron al final del 2010 las EPS al entonces Ministerio de la Protección Social y a la Cres para hacer los estudios para definir la UPC del año 2011; dichas inconsistencias se evidenciaron, tal y como lo registró la misma Cres en el Acuerdo 19 de 2010, en aspectos relacionados con “frecuencias de uso y gasto médico, especialmente en lo relacionado con medicamentos, que afectan la confiabilidad de las cifras”. La segunda razón es que el incremento histórico de la UPC no ha sido muy distinto ni distante al que tiene el salario mínimo que se fija a cada final de año para la siguiente vigencia, y que como se ha conocido hace unos días, para el 2012 ese incremento será del 5,8% (http://www.portafolio.co/finanzas-personales/salario-minimo-aumento-58-y-subsidio-transporte-66).

En todo caso, desde la “orilla” de los prestadores de servicios de salud, tanto públicos como privados, se espera que en el texto del Acuerdo que la Cres expida fijando el valor de la UPC para el 2012, se defina que en la misma proporción que el Fosyga les incremente a las EPS la prima para garantizar la atención de cada uno de sus afiliados, las EPS les incrementen las tarifas en esa misma proporción a las IPS para la nueva contratación del 2012 y de esta forma se pueda irradiar en todo el sistema de salud el incremento que autorice la Cres, lo que le representaría al usuario ser el principal ganador en este proceso, tal y como debe ser.

Pero los prestadores también esperan que además de quedar consignado en el texto del Acuerdo que expida la Cres en los próximos días, el incremento que le van a hacer a las EPS para el próximo año, estas entidades sí se lo transfieran a las IPS y no quede en solo un acto dependiente de la buena voluntad o la discrecionalidad comercial de las EPS al negociar con clínicas y hospitales para el 2012.

Ese gesto por parte de las EPS sería de muy buen recibo en el sistema de salud colombiano y se constituiría en el primer paso del pacto social entre los diferentes actores intervinientes de este sector, lo que permitiría avanzar en la reconstrucción de confianza y credibilidad en dicho sistema. ¿Será que para el 2012 las EPS sí le ‘jalan’ a esta iniciativa que ha resultado hasta ahora históricamente fallida?...Amanecerá y veremos.

Por Ulahy Beltrán López
ubeltran@hotmail.com
twitter: @ulahybelpez


(2)

Texto del Acuerdo 30 del 28/diciembre/2011 de la Comisión de Regulación en Salud (CRES)

"Por el cual se fija el valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) del Plan Obligatorio de Salud (POS) de los Regímenes Contributivo y Subsidiado para el año 2012"

LINK:

http://www.cres.gov.co/Portals/0/acuerdo30de2011.pdf


(3)

Nota de prensa sobre la decisión de la CRES

"Valor de UPC para Régimen Subsidiado es de 11% y para Contributivo de 9,4% "

LINK:

http://www.elespectador.com.co/noticias/salud/articulo-318997-valor-de-upc-regimen-subsidiado-de-11-y-contributivo-de-94


 

(4)

Consideraciones de la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas (ACHC) sobre el Acuerdo 30 del 28/diciembre/2011 de la Comisión de Regulación en Salud (CRES) "Por el cual se fija el valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) del Plan Obligatorio de Salud (POS) de los Regímenes Contributivo y Subsidiado para el año 2012"


CONSIDERACIONES ESPECIALES

1."(...) Es importante anotar que para efectos de las negociaciones que se comienzan a realizar entre IPS y EPS este incremento surte sus efectos a partir del 1° de Enero de 2012.

2.El gremio siempre había logrado que en los Acuerdos que definían la UPC de años anteriores quedara la recomendación de hacer extensivo el incremento a los Prestadores. Nuevamente la Comisión de Regulación en Salud –CRES- acató esta solicitud y estableció el artículo decimo segundo así: Para la consolidación del Sistema General de Seguridad Social en Salud, la Comisión de Regulación en Salud–CRES, recomienda a las EPS que el valor del incremento de la Unidad de Pago por Capitación, incluyendo el efecto real de los ponderadores de riesgo, se refleje en modificaciones e incrementos a los contratos con sus respectivas redes de prestadores de servicios de salud”.

3.Además de la recomendación anterior, el aspecto más destacado e importante que realizó la CRES para el sector hospitalario colombiano es lo establecido en el artículo décimo tercero: “La Comisión de Regulación en Salud le solicita al Gobierno Nacional que a la mayor brevedad expida los actos administrativos a que haya lugar para que la recomendación realizada en el artículo anterior sea efectiva”.

Esta solicitud fue reiterada en varias ocasiones por la Dirección General de la ACHC tanto en las conversaciones directas con el Gobierno y la CRES como en los documentos escritos durante el año, especialmente en la comunicación “Estado de Cosas” radicada al Señor Ministro de Salud Mauricio Santamaría el pasado 25 de noviembre de 2011.

La ACHC considera que esta solicitud de la CRES al Gobierno Nacional puede crear un espacio de cambio normativo vital para el logro de la equidad, la estabilidad laboral y la eficiencia del sector salud (...)"

 

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