En los acontecimientos de estos días llaman la atención
dos relacionados con esa institución que posee el monopolio de las armas: la
vergonzosa actuación de unos soldados en nuestro Estado Bolívar, a quienes , para más vergüenza , unos cuantos pemones,
provistos únicamente de arcos y flechas, los hicieron presos cuando practicaban
la minería ilegal: y la forma en que recibieron la sentencia a cadena perpetua
unos ex militares argentinos, acusados de practicar crímenes de lesa humanidad
y violaciones a los derechos humanos, como el secuestro, la tortura y la
desaparición forzada de personas, durante su vergonzoso desempeño en el último gobierno militar (1976-1983) . Como
es natural , el primer caso no merece la pena ni comentarlo ( aunque en el
fondo no deja de tener relación con esa banalidad de que habla nuestro título
), pero no sucede así con el otro, máxime cuando todavía permanece en la mente
de muchos de nosotros la cara sonriente del ex capitán de fragata Alfredo Astiz – llamado también el “ ángel de
la muerte” –
, enfocada por las cámaras en el momento justo en que el juez le imponía
la sentencia.
He visto varias veces el documental que muestra el juicio
que se le siguió a Adolf Eichmann en Israel durante el año 1961, en el cual se
ve a éste inalterable mientras muchos de
los ciudadanos judíos que asisten como testigos, no soportan el recuerdo de los campos de
exterminio y se derrumban en sus asientos . Como se recordará, Eichmann había sido un Teniente Coronel de la
SS , responsable directo de la “solución
final” , que consistía en el exterminio de los millones de judíos que habitaban
en los territorios ocupados por los nazis. Aunque tras la Segunda Guerra Mundial
se había perdido su pista, finalmente el servicio secreto israelí y el
perseguidor de nazis Simón Wiesenthal
lograron ubicarlo en una provincia de Argentina, donde se desempeñaba
como operario en una fábrica de automóviles Mercedes Benz. Rápidamente y en lo
que constituyó la “ operación Garibaldi”, ese ser descrito por los mismos
agentes del Mossad como un “hombrecito
patético” , “pequeño” y “sin apariencia de asesino”, fue llevado sin
oponer resistencia a Jerusalén, donde
finalmente fue ejecutado en la horca ,
no sin antes exclamar que tuvo que obedecer las reglas de la guerra y de su bandera y que solamente cumplía órdenes.
La actuación durante el juicio del Ttte. Cnel. nazi provocó que la escritora y filósofa Hannah
Arendt , que en ese momento trabajaba como corresponsal de The New Yorker cubriendo el juicio, acuñara la frase “la banalidad del mal” en el
texto Eichmann en Jerusalén, en el
cual, y como resultado de su trabajo, describe el desarrollo de las diferentes
secciones y la personalidad de Eichmann. Para Arendt, Eichmann representaba a uno de esos individuos que en
su obediencia a las leyes y a la autoridad
no piensan siquiera en las consecuencias de sus actos. Estos seres, sin ser inocentes,
no serían ni más ni menos crueles que
los demás (al parecer, el mismo Eichmann no era particularmente antisemita) ,
pero su seguimiento a lo que otros le
indican, y sus ganas de quedar bien con sus superiores, les hacen cometer actos
terribles que nos llevan a pensar que son seres extremadamente perversos . Esta futilidad y banalidad se trató de demostrar luego en experimentos como el del profesor de Yale
Satnley Milgran y el de la cárcel, llevado a cabo en la Universidad de Stanford
, donde la obediencia a la autoridad y la forma como asumían los ciudadanos ciertos roles (maestros en el
experimento de Milgram y carceleros en el experimento de Stanford ) hacía que muy
pocos de ellos prestaran atención a la tolerancia que se les había inculcado y
a sus imperativos morales, aunque ello hiciera daño a sus semejantes. Milgram llegó a decir que su experimento había
descubierto la “extrema voluntad que tenemos los humanos para aceptar los
requerimientos de la autoridad”.
Si todo esto es así, es particularmente importante saber
en manos de quién ponen las armas las naciones,
además se les debería repetir continuamente a los portadores de las mismas que
la supuesta obediencia debida no los
exime de responsabilidad penal en casos de crímenes contra los derechos
humanos, tal como está expresado en los diferentes
instrumentos jurídicos emanados de la ONU.