“Gobierno debe comprarle cartera a hospitales y clínicas”
Ciudadanía | 10/09/2011

El Gobierno debe comprar la cartera a los hospitales públicos y a las clínicas privadas, pues de lo contrario no habrá dónde atender pacientes por la iliquidez que hoy tienen los prestadores de servicios de salud, dijo Ulahy Beltrán López, miembro de la Junta Directiva Nacional de la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas (ACHC), al conocer que la cartera que se le adeuda a las IPS en Colombia es de 3,8 billones de pesos.

Según Beltrán López, en reunión celebrada por la ACHC con el Ministro de Protección Social Mauricio Santamaría, se le solicitó que desde el Gobierno se creara “un fondo de estabilización que compre la cartera de las IPS y en el caso de las deudas que tienen las entidades públicas se autorice a hacer un canje con el pago de impuestos que tienen que hacer los hospitales y clínicas al Estado”.

Dicho fondo autorizaría las deudas claras, expresas y exigibles a la fecha del cruce, a cargo de las Entidades antes mencionadas y a favor de las IPS tanto públicas como privadas, originadas en una relación contractual, con cargo a los recursos de la Nación

De igual forma se le requirió aplicar la medida de giro directo tanto a instituciones públicas como privadas para las deudas del régimen contributivo y la creación de una línea de crédito con mecanismos de garantía que de liquidez a las IPS.

NOTA DEL EDITOR: Se considera pertinente complementar la información de prensa, mencionando que la Circular 57 del 2011 de la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas (ACHC), informa que en la reunión celebrada con el Ministro de la Protección Social el pasado lunes 05/septiembre/2011, con respecto al Fondo de Estabilización, a dicho funcionario "(...) se le propuso de manera adicional tener en cuenta dentro de la estructuración y funciones asignadas al Fondo de estabilización la posibilidad de autorizar a las IPS tanto públicas como privadas, para que en calidad de acreedoras de: Entidades Estatales del Orden Nacional, entidades públicas, mixtas, intervenidas por el estado, en procesos de liquidación o entidades con participación del estado puedan efectuar el pago por cruce de cuentas de los tributos nacionales administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) con cargo a la deuda a su favor en dichas Entidades (...)".

twitter: @ulahybelpez

ubeltran@hotmail.com



(Sábado 10/septiembre/2011)

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