En Colombia se falla el proceso de responsabilidad fiscal más grande de la historia
Política Nacional | 14/02/2014


Sandra Morelli Rico, Contralora General de la República

Se confirma fallo fiscal contra administradores de Saludcoop por $1.4 billones de pesos.

*Se recuperará ese dinero para el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
*No se afecta la normal prestación de servicios en Saludcoop por decisiones de la Contraloría.

En un histórico fallo, de segunda instancia, la Contraloría General de la República confirmó hoy que el presidente de Saludcoop, Carlos Gustavo Palacino, y otros directivos de esa EPS deben responder por $1.4 billones de pesos desviados del Sistema General de Seguridad Social en Salud, SGSSS.

Con esta decisión, la Contraloría General de la República recupera exactamente la suma de un billón cuatrocientos veintiún mil setenta y cuatro millones ($1.421.174.298.105,40,) para el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Categóricamente, la CGR señala que la decisión tomada no afecta la normalidad de la prestación del servicio de salud de Saludcoop EPS OC y en consecuencia sus usuarios no deben dejarse influenciar por mensajes interesados de antiguos administradores de esa EPS que tratarán de difundir informaciones tendenciosas sobre suspensión de los servicios a los afiliados.

Para la CGR, los recursos recuperados deben ser reintegrados al Sistema General de Seguridad Social en Salud y permitirán la adecuada prestación del servicio de salud, que incluye los usuarios afiliados a SALUDCOOP EPS OC:

"Los recursos derivados del daño patrimonial causado a Saludcoop y sus directivos deberán retornar al Sistema General de Seguridad Social en Salud, pues una interpretación distinta permitiría sanear financieramente una cooperativa cuyos derechos patrimoniales beneficiarían a unos particulares". Además, "equivaldría en el mejor de los casos a premiar el abuso del derecho y lo que es peor sin ninguna garantía de que con la liquidez que se obtenga de liquidar estos activos, se sanee la cartera de los legítimos proveedores a pesar de los ingentes esfuerzos gubernamentales". Los proveedores presentan cuentas por pagar con vencimiento superior a 200 días en promedio.

La Contraloría advierte que desde hace muchos meses Saludcoop registra una situación crítica con pérdidas que reducen el patrimonio por debajo del 50 por ciento del patrimonio suscrito y ha incumplido los márgenes de solvencia y patrimonio que establece la ley.

Saludcoop es una cooperativa y por lo tanto cuando se paguen los pasivos se le entregan a una cooperativa que cumple el mismo objeto social y no a los cooperados, precisamente para garantizar la atención a los usuarios.

El fallo de primera instancia no se modifica, aunque se aceptaron algunas nulidades de carácter técnico. Otros aspectos del fallo se fortalecieron.

Por medio del fallo N° 0011, proferido el día 11 de febrero de 2014, la Contralora General de la República, Sandra Morelli Rico, indicó en la trascendental decisión que los aportes realizados por los trabajadores y empleadores con destino a la salud son parafiscales y que ese es el tratamiento que debe dárseles.

Esta posición del ente de control se encuentra ajustada a las disposiciones vigentes y basada en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, la cual ha precisado en sus diferentes sentencias que la parafiscalidad tiene los elementos de obligatoriedad, singularidad, y destinación sectorial.

Para la Contraloría General de la República, con los recursos de la UPC, copagos o todos aquellos que conformen parafiscales no se pueden hacer inversiones en equipos médicos, ni infraestructura, ni pagos de intereses financieros, entre otros.

El fallo se refiere también a la inadecuada inversión de las mal llamadas utilidades de Saludcoop. Dice que es normal que las utilidades se distribuyan anualmente, después de pagar deudas, pero lo grave es que mensualmente se tomaron los recursos y los gastaron como plata propia. Los administradores sacaban la plata de la empresa cada mes para hacer inversiones de distinta índole en el país y en el exterior.

Igualmente señala la errada interpretación de los directivos de Saludcoop de la sentencia C-262 de 2012 y al respecto concluye categóricamente:

"Las inversiones que las EPS efectúen por fuera de la destinación específica de los recursos parafiscales deberán hacerlas únicamente con recursos propios y de conformidad con los que sus estatutos sociales les permita, pero en ningún caso pueden hacerlos con dineros de la parafiscalidad –UPC".

"Como se observa con meridiana claridad, este órgano de control no desconoce que las EPS pueden realizar con recursos propios actividades de operación, financiación e inversión, más no con recursos públicos, dado que los mismos tienen una destinación específica y no como en efecto lo hizo Saludcoop ESO OC, al desviarlos para su propio beneficio".

De manera contundente la providencia afirma que el panorama de la salud es aterrador, puesto que la compleja problemática del sector, donde la vida de miles y miles de personas está en riesgo y, por otro lado hay recursos para atenderlas, pero aun así el sistema logra una parálisis de recursos por razones no muy comprensibles, que básicamente tienen que ver con el hecho de que se venía pagando y cobrando sin verificar si se trataba del pago y cobro de lo debido.

Frente a esta situación, destaca el deber constitucional y legal del ente de control para seguir realizando las verificaciones correspondientes para que no se presente más destinaciones indebidas de los recursos de la salud que son públicos y, por ende, para que no se presenten más muertes por falta de atención aduciendo falta de recursos.

De igual forma, la CGR se pronunció en relación con lo que considera es la mal llamada integración vertical, que no constituye nada distinto de la apropiación indebida por parte de los operadores de la salud de recursos destinados a atender el servicio y con los cuales se adquieren bienes relacionados o no con la prestación del servicio, a nombre directamente del operador privado, con dineros parafiscales.

Indica la providencia que todas esas prácticas ilegales y daños patrimoniales causados al Estado, ameritan la reacción inmediata de todos los órganos, incluyendo la Fiscalía General de la Nación, la Superintendencia Nacional de Salud, entre otras, puesto que todos los que legal y constitucionalmente tienen la competencia de actuar deben reaccionar ante el deterioro de los indicadores de la salud, estudio central de la discusión en el imperativo de protección de los derechos a la vida y a la salud. De lo contrario, y en este orden de cosas, el sistema seguirá siendo perfecto, mas no la atención al usuario.

En su histórico pronunciamiento, la Contralora General de la República muestra preocupación por los escasos bienes que se han logrado embargar dentro del proceso de responsabilidad fiscal, ordenando en tal sentido iniciar las acciones administrativas y jurisdiccionales para que se persigan los bienes de los responsables fiscales y así lograra recuperar los recursos públicos desviados.


Advertencias de la CGR al interventor y demás autoridades competentes

La Contralora General ordenó al Interventor de SALUDCOOP EPS OC que actué consultando el imperativo de preservar la prenda general de los acreedores de tal manera que en retención del porcentaje de acciones que resultaren embargadas, asista a los órganos directivos en representación del Estado-Gobierno Nacional- SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD- Ministerio de Salud y Protección Social, SGSSS, ejerciendo las acciones para reintegrar las ventas y los bienes enajenados durante el periodo de sospecha y evitando nuevas enajenaciones a cualquier título, sin perjuicio de la competencia de la Contraloría General en sede de jurisdicción coactiva.

De igual forma ordenó compulsar a la Fiscalía General de la Nación, a la Procuraduría General de la Nación, a las Superintendencias Nacional de Salud, de Economía Solidaria, de Sociedades y Financiera, al Ministerio de Salud y Protección Social, al interventor de SALUDCOOP EPS OC, copias de esta decisión para que tales entidades en lo de su competencia adelanten las actuaciones correspondientes, en especial aquellas referidas al levantamiento del velo corporativo del emporio de sociedades subordinadas a SALUDCOOP.

No es el único proceso de responsabilidad fiscal que se adelanta

La Contraloría General de la República adelanta más procesos de responsabilidad fiscal y actuaciones en contra de varios directivos de SALUDCOOP y otras entidades prestadoras del servicio de salud, por hechos relacionado con el indebido uso de recursos del SGSSS, decisiones que están se están surtiendo y que ha sido declaradas de impacto nacional por su importancia para lograr la protección de los derechos a la salud de todos los usuarios, y de las cuales antes de culminar esta administración se dará su resultado final.

¿Qué vienes después de esta decisión de la CGR?

Se deberán adoptar acciones necesarias para evitar las actuaciones que afecten los recursos que hacen parte del SGSSS, partiendo de que SALUDCOOP se encuentra en cursa en causales de liquidación, como: Su patrimonio está por debajo del 50% del capital social; incumplimiento reiterado de los decretos 574 de 2007 y 1921 de 2003, respecto del margen de solvencia; violación consuetudinaria del artículo 50 de la Ley 79 de 1988 sobre legislación cooperativa.

Desde el proceso de intervención, Saludcoop ha acumulado pérdidas en acceso sin tener en cuenta los procesos de normalización contable por $1.2 billones, lo que la pone en imposibilidad económica de desarrollar su objeto social y garantizar a los afiliados la adecuada prestación del servicio de salud, derecho constitucional fundamental.

Así, la liquidación a que hubiere lugar de SALUDCOOP, deberá atender de manera prioritaria el pasivo con la Nación que incluyen los tributarios, categoría que incluye la parafiscalidad y los originados en el daño fiscal causado al SGSSS por suma cercana a $1.4 billones y finalmente los pasivos originados en conceptos ajenos a la actividad misionales de la EPS, como los de financiamiento que deberán ser satisfechos en la medida que sean terceros de buena fe.

La antigua administración de esta EPS pretende tomar la plata de que se apoderó, para pagar las deudas que debieron pagar ellos. Pretenden así pagar con plata de la Nación sus propias deudas. Tienen que pagar con plata propia sus deudas, no con la UPC.

LINK RELACIONADO:

TITULO: "La verdadera historia de SaludCoop: pasado, presente y futuro de la EPS"

LINK: http://ulahybeltranlopez.blogspot.com/2014/01/la-verdadera-historia-de-saludcoop-eps.html

Comentarios

Esta columna aún no tiene comentarios.
BUSCAR
volver a vista clásica