El “hambre de libros” conocida
como la privación de acceso al conocimiento para las personas con discapacidad
visual era un gigante perenne a nivel mundial difícil de vencer.
Por muchos
años, se trabajó en la sensibilización sobre este tema para un cambio a favor
de la sociedad en su conjunto, tomando acciones hacia una igualdad de
condiciones y derechos.
La manera de hacer viables esos
derechos era a través de una armonización internacional en limitaciones y
excepciones al Derecho de Autor reflejado en un instrumento internacional.
En general, los libros en formato
accesible, provenían de contadas agencias especializadas con recursos
limitados, que debían tramitar la autorización expresa del titular para poder
transformar, reproducir o distribuir obras en formatos accesibles y en algunos
casos el pago de regalías por su uso o explotación; el costo era bastante alto
y aun cuando eran reproducidos no podían distribuirse internacionalmente.
De otra parte, hay que considerar que
la propiedad intelectual es de aplicación territorial, lo que implicaba
duplicación de esfuerzos que no permitían compartir las reproducciones de un
país a otro, aun cuando se contaba con normas similares.
Este cambio debía tratarse ante el Organismo
encargado de estos temas a nivel mundial, cuya competencia recaía en la
Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI).
El análisis
ingresó como tema de examen en la agenda
del Comité de Derechos de Autor y Derechos Conexos en la OMPI, en el año 2007,
a pedido de la delegación de Chile.
De todas las opciones presentadas, la que requería
atención prioritaria por tratarse de un derecho humano, fue el acceso al
conocimiento para las personas con discapacidad visual.
Sin dejar de lado la protección al
Derecho de Autor y todo lo que ello implicaba, había que dar atención
prioritaria a este grupo de la sociedad, otorgando un amparo equilibrado
con incentivos para que se pueda seguir creando y a la par proveer a la
sociedad de un conveniente acceso al producto del esfuerzo creativo.
Así, se pasó de la sensibilización a la acción, combatiendo
de manera formal y frontal en la OMPI, a
lo que se denominó “hambre de libros”. La batalla había iniciado, para lo cual
se presentaron una serie de propuestas, entre ellas un proyecto de
tratado elaborado por la Unión Mundial de Ciegos, que contenía lo que se requería para vencer a
este gigante.
El detalle estaba en que dicha Unión tenía el
estatus de observador en la OMPI y para términos de la presentación de
propuestas había que ser un Estado miembro, por lo que ellos no podrían
presentarla.
La interrogante era conocer quien se enfrentaría al
gigante, en el campo de batalla del
sistema multilateral y político, a su sistema de protección y a los actores que
lo respaldaban, e iniciar el proceso frente a una mayoría que veía pocas
posibilidades de triunfo.
En ese escenario, para mayo de 2009,
con 91 estados miembros y 53 observadores presentes en la décima octava sesión
del Comité Permanente de Derecho de Autor, tres países en desarrollo,
valientemente dieron el paso al frente, Brasil, Ecuador y Paraguay, presentaron
la propuesta de la Unión Mundial de Ciegos, respecto a un tratado internacional
sobre excepciones a favor de las personas con discapacidad visual.
Como hace siglos atrás el pequeño David
se enfrentó a Goliat, y lo venció. En esta ocasión, este pequeño grupo de
países unidos como un solo hombre hicieron frente al gigante “hambre de libros”
y a todo el sistema que detrás lo protegía como fuerte armadura.
Levantaron su voz por 161 millones de
personas en todo el mundo ciegas o con una visión reducida; por cerca de
153 millones con daño visual sin posibilidad de corrección; de los cuales casi
el 87% vivían en países
subdesarrollados y en vías desarrollo, de acuerdo a las cifras de la
Organización Mundial de la Salud, presentadas a esa fecha en la propuesta.
En este punto, a nivel mundial se mantenía la expectativa respecto a si
prosperaría o no, esta propuesta y más aún cuando llegar a acuerdos en el
sistema multilateral podría significar años de negociaciones, muchas veces con
poco o ningún resultado.
Se enfrentaban además al paralelismo
significante entre derechos humanos y las normas de propiedad intelectual, lo
que implicaba considerar a ambos regímenes como complementarios y en ese enlace
la propiedad intelectual como una herramienta a favor del desarrollo, un
soporte para la aplicación de los derechos humanos.
En los años siguientes, el trabajo fue
arduo y concertado, el impulso de los actores concernidos fue clave, el
compromiso de los países proponentes fue firme y así fue como en el año
2012, bajo el amparo de la OMPI se convocó a una Conferencia Diplomática para
junio del 2013, en Marrakech, Marruecos con el objetivo de concluir el tratado.
A pesar que la Conferencia se había
convocado y que se había llegado a un considerable progreso, esto no implicaba
que se logre la adopción del tratado.
En su recta final, este pequeño David,
se enfrentaría al gigante frente a un numeró de militantes que doblaba el
número de los que iniciaron el combate, 186 Estados miembros de la OMPI, en los
que se incluía 600 negociadores, para definir si alcanzarían el objetivo
propuesto.
Parecía que no lo lograrían, en la
recta final, algunos países no querían flexibilizar sus posiciones. Sin
embargo, el pequeño David junto a todo el ejército que para entonces ya lo
acompañaba logró lo que parecía imposible: El tratado vio la luz en esa
Conferencia Diplomática, con su adopción y la firma de 51 Miembros. ¡Fueron
cuatro años de negociación y tres de puesta en vigencia!
El Tratado constituyó un hito, tanto en tiempo como en
oportunidad, y llegó a ser conocido como el “Milagro de Marrakech” que estableció un precedente en el sistema
multilateral, de que es posible alcanzar victorias aunque el tamaño y las
circunstancias sean adversas.
El Tratado de Marrakech entró en vigor
el 30 de septiembre de 2016, luego que veinte de sus partes lo ratificaron. Una
vez en vigencia, le correspondería a cada Estado modificar sus leyes y hacer
las gestiones necesarias para su puesta en marcha, de lo contrario sería un
acuerdo más sin una efectiva aplicación.
Pero no todo quedó en la firma del Tratado, Brasil,
Ecuador y Paraguay continuaron con su trabajo interno, cumpliendo con el
objetivo propuesto. Lo mismo ocurrió con cada país que lo ha ratificado. Sus
acciones efectivas se han visto reflejadas en su adopción e implementación, al
permitir que millones de personas con discapacidad visual a nivel mundial, cuenten
con textos que les permitan acceder al conocimiento de acuerdo a sus
necesidades, así́ como permitir el intercambio transfronterizo de obras, dentro
del margen del Tratado.
Como ejemplo de las acciones efectivas, más allá
del tratado, citaré el caso de Ecuador, que ha dado grandes pasos hacia cambios
efectivos en esta área, volviéndose un referente a nivel regional. Ha trabajo
en la creación de la Red Nacional de Entidades
Autorizadas, acuerdos con universidades, capacitaciones, socialización, asesoramiento,
ha trabajado de manera articulada con el Consejo Nacional para la Igualdad de
Discapacidades, entre otros.
El triunfo ha sido indudable, el trabajo para su
implementación, motivante y completo. Y, finalmente, más allá del triunfo
diplomático, la ratificación del mismo con 61 signatarios.